Renovación y mantenimiento de Marcas en Ecuador

May 19, 2021 (0) comment

En 2016 la actual Ley de Marcas de Ecuador, entró en vigor y establece un período de gracia de 6 meses para la renovación de los registros de marcas. El rasgo distintivo es que la ley no establece tasas adicionales para la presentación dentro del período de gracia.

En Ecuador no se exige una prueba de uso o una declaración de Uso en el momento de la renovación. Sin embargo, la Ley de Marcas exige el uso de la marca dentro de los 3 años siguientes a la fecha de registro o el registro puede ser susceptible de acciones de cancelación presentadas por terceros.

La única defensa contra una acción de cancelación por falta de uso es presentar pruebas de uso de la marca dentro de Ecuador o dentro de la Comunidad Andina. En este último caso es particularmente útil la prueba de uso que demuestre que los productos o servicios se exportan desde un país parte de la Comunidad Andina hacia Ecuador.

Las exportaciones paralelas también son aceptables como prueba de uso, incluso si la actividad de importación se gestiona a través de un tercero no relacionado. Ejemplos de esto son los artículos comprados en línea a terceros vendedores.

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