• A menos que la naturaleza de la invención hiciera conveniente una redacción distinta, las reivindicaciones deben redactarse en dos partes. La primera parte (a) consiste en un preámbulo que indica las características técnicas de la invención que son parte del estado de la técnica; y la segunda parte (b) establece las características técnicas que la invención añade al estado de la técnica, y que junto con las mencionadas en el párrafo (a), se desean proteger.
• Las reivindicaciones se deben numerar consecutivamente. La Oficina de Patentes no acepta reivindicaciones que no estén numeradas consecutivamente, lo que puede ocurrir tras la modificación del pliego reivindicatorio. Si se suprimen una o más reivindicaciones o se agregan nuevas, el pliego se debe reenumerar consecutivamente y se deben ajustar las dependencias.
• Si se han presentado dibujos, las características técnicas mencionadas en las reivindicaciones pueden ir seguidas de números de referencia de las características correspondientes mostradas en los dibujos. Dichos números de referencia se incluirán entre paréntesis. Los números de referencia no se incluirán cuando no sean necesarios para una mejor comprensión de la reivindicación.