La Ley de Marcas de Nicaragua establece que un registro marcario es vulnerable a la cancelación por falta de uso, si la marca no ha sido utilizada en el comercio dentro de los tres años de la fecha de registro en Nicaragua. La cancelación puede ser parcial si sólo algunos de los bienes o servicios identificados por la marca no han sido utilizados en el comercio.
Se considera que una marca está en uso, si los bienes o servicios identificados por la marca han sido puestos en el comercio o están disponibles bajo la marca, en la cantidad y forma que normalmente corresponde al tamaño del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades de su comercialización. También se considera que una marca está en uso si los productos identificados por la marca son exportados desde Nicaragua, o si los servicios bajo la marca se prestan en el extranjero desde Nicaragua. Además, el uso de una marca por un licenciatario o por otra persona autorizada beneficia al titular de la marca.