 |
En
Nicaragua la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) es la autoridad que
concede el registro de Nombres de Dominio a través de una entidad
conocida como Network Information Center – Nicaragua (NIC-NI).
Los
requisitos para la solicitud de un nombre de dominio son los siguientes:
- Poder
legalizado hasta por un Cónsul de Nicaragua.
- Proveer
los siguientes datos:
- Nombre
del dominio (5 caracteres mínimo, 20 caracteres máximo), de
acuerdo con las siguientes restricciones:
- Una
organización debidamente constituida solo podrá registrar como
nombre de dominios de DNS de tercer nivel bajo "NI" uno
de los siguientes:
- El
nombre completo de la Organización, tal y como aparece en la
escritura o documento de constitución.
- Un
acrónimo del nombre completo de la organización lo más
cualificado posible, de forma que sea directa y fácilmente
asociable el nombre oficial de la empresa. Preferiblemente un acrónimo
usado por la empresa y/o legalmente registrado (Nota: en la práctica
es posible registrar marcas registradas de una empresa, para ello
se acompaña una copia preferentemente del certificado de registro
en Nicaragua o en el extranjero).
- No
se permitirá a ninguna organización registrar un acrónimo que no se
asocie razonablemente con el nombre oficial de la empresa.
- No
se admitirán dominios que incorporen comodines que no tengan ninguna
relación con el nombre oficial de la empresa solicitante.
- Nombre
y dirección de la sociedad solicitante.
- Nombre,
cargo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico del contacto
administrativo.
- Nombre,
cargo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico del contacto
técnico.
- Nombre,
cargo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico del contacto
para pagos de mantenimiento del dominio virtual.
- Una
explicación breve del propósito del dominio.
Datos
de los Servidores de Nombres:
- Host
primario
- Número
IP DNS Primario
- Host
secundario
- Número
IP DNS Secundario
Cualquier
otra información que el personal técnico de la sociedad solicitante
estime pertinente.
|
|