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El
31 de agosto de 1999 Nicaragua pasó una nueva ley de Derechos de Autor y
Derechos Conexos que cumple plenamente con la Convención de Berna y los
ADPIC’s. El derecho de autor se obtiene con la sola creación de la obra. Son
protegidas las obras literarias, artísticas y científicas, incluyendo
los programas de computación, así como los derechos de los artistas intérpretes
o ejecutantes, de los productores de fonogramas y de los organismos de
radiodifusión. El
derecho de autor es concedido por la vida del autor más 70 años. |
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